Micelio

Artículo 2

La Misión De Estudios Sobre El Sector Agropecuario Estará Regida Por Un Consejo Directivo Y Orientada Por Un Director General Del Más Alto Nivel

Decreto 2457 de 1987 · por el cual se integra una Misión de Estudios sobre el Sector Agropecuario y se señalan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Misión de Estudios sobre el Sector Agropecuario estará regida por un Consejo Directivo y orientada por un Director General del más alto nivel. La Dirección Técnico-Científica estará a cargo de un Director Técnico y de una Comisión Técnica Consultiva. Los estudios de que trata el artículo 1º de este Decreto serán ejecutados por expertos que con este propósito se vinculen a la Misión y por funcionarios del Departamento Nacional de Planeación, del Ministerio de Agricultura y de sus entidades adscritas y vinculadas, que se comisionen con este mismo fin.

Parágrafo

No obstante, la Misión podrá contratar la ejecución de algunos de los estudios con universidades o con firmas consultoras independientes, cuando, a juicio del Consejo Directivo, no resulte posible ejecutarlos con el concurso de los expertos y funcionarios vinculados a la Misión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2457 de 1987