Micelio

Artículo 43

Decreto 533 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 040 de noviembre 20 de 1986 de la Junta Directiva de la CAR que establece la estructura orgánica y de termina las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Reglamentación y Permisos. Son funciones de la División de Reglamentación y Permisos, las siguientes

a)

Suministrar información a los usuarios que lo soliciten sobre las disposiciones legales, referente a documentos y requisitos exigidos para otorgamientos y permisos, concesiones y licencias para el aprovechamiento de los recursos naturales en el área de jurisdicción en la CAR.

b)

Estudiar y preparar con la demás Divisiones de la Subdirección las reglamentaciones sobre Manejo y Control de los recursos naturales.

c)

Recibir las solicitudes relacionadas con el otorgamiento de permisos, concesiones y licencias sobre recursos naturales, tramitarlas y preparar el respectivo proyecto de resolución para su aprobación.

d)

Prestar asistencia legal y resolver las consultas jurídicas que sobre administración de los Recursos Naturales Renovables se le formulen.

e)

Notificar y verificar el cumplimiento de los términos establecidos en las providencias que se profieran con relación a la administración de los recursos naturales.

f)

Recopilar, codificar y mantener actualizado el registro de las normas legales relacionadas con la administración y manejo legal de los Recursos Naturales.

g)

Coordinar con la Oficina de Informática el procesamiento de la información requerida por la dependencia para su normal funcionamiento.

h)

Rendir informes a la Subdirección de Manejo y control de Recursos Naturales sobre las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados.

i)

Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan de acuerdo a su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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