° El presente Decreto rige a partir de la fecha-de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Decreto 487 de 1977 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha-De Su Expedición
Decreto 487 de 1977 · Por el cual se hace unos traslados en el Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1977 (Presidencia de la República, Ministerios de Minas y Energía y Comunicaciones) por $ 19.390.751.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.