Contra los Actos Administrativos de carácter definitivo que se profieran dentro del proceso liquidatorio de la Cuenta Fondo Tabacalero, procederá el recurso de Reposición ante el liquidador y el de apelación ante la Subdirección de Recaudación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, conforme a las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo.
Decreto 1544 de 1995 →Vigente
Artículo 7
Decreto 1544 de 1995 · por el cual se ordena liquidar la cuenta Fondo Tabacalero de Compensación Tributaria y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.