En los casos de comisión de estudios podrá proveerse el empleo vacante transitoriamente, si existieren sobrantes no utilizados en el monto global para pago de sueldos en la ley de apropiaciones iniciales del respectivo organismo, y el designado podrá percibir el sueldo de ingreso correspondiente al cargo, sin perjuicio del pago de la asignación que pueda corresponderle al funcionario designado en comisión de estudio. C- COMISIÓN PARA DESEMPEÑAR EMPLEOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO.
Artículo 91
En Los Casos De Comisión De Estudios Podrá Proveerse El Empleo Vacante Transitoriamente, Si Existieren Sobrantes No Utilizados En El Monto Global Para Pago De Sueldos En La Ley De Apropiaciones Iniciales Del Respectivo Organismo, Y El Designado Podrá Percibir El Sueldo De Ingreso Correspondiente Al Cargo, Sin Perjuicio Del Pago De La Asignación Que Pueda Corresponderle Al Funcionario Designado En Comisión De Estudio
Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.