° Si no se presentaren los comisionados sorteados por el Tribunal en Sala Plena, ni los designados por el Gobernador en el caso de la última parte del artículo anterior, y pertenecientes a los dos partidos políticos que tuvieren mayor representación en el Congreso, por renuncia de los sorteados de determinada filiación política, el Gobernador podrá nombrar, directamente, a persona de filiación política distinta a la de los renuentes, disponiendo, en todo caso, la imposición de multas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 89 de 1948.
Artículo 2
Si No Se Presentaren Los Comisionados Sorteados Por El Tribunal En Sala Plena, Ni Los Designados Por El Gobernador En El Caso De La Última Parte Del Artículo Anterior, Y Pertenecientes A Los Dos Partidos Políticos Que Tuvieren Mayor Representación En El Congreso, Por Renuncia De Los Sorteados De Determinada Filiación Política, El Gobernador Podrá Nombrar, Directamente, A Persona De Filiación Política Distinta A La De Los Renuentes, Disponiendo, En Todo Caso, La Imposición De Multas De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 66 De La Ley 89 De 1948
Decreto 3803 de 1949 · Por el cual se dictan disposiciones de carácter electoral en relación con las pasadas elecciones y se suspenden parcialmente unas disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.