Los recursos de FONCULTURA serán destinados a las iniciativas y proyectos que se enmarquen en alguna de las siguientes líneas de la política cultural:
Iniciativas y Proyectos culturales de acuerdo con lo establecido en la ley 397 de 1997.
Iniciativas y Proyectos de economía naranja o creativa de acuerdo con lo establecido en la Ley 1834 de 2017.
Iniciativas y Proyectos que apoyen procesos relacionados con la investigación, identificación, apropiación social, protección, manejo, salvaguardia y sostenibilidad del patrimonio cultural material e inmaterial, así como al fortalecimiento de las capacidades de los portadores, vigías y las personas dedicadas a las actividades y oficios relacionados con el patrimonio cultural.
Iniciativas y Proyectos de turismo cultural e infraestructura cultural y creativa.
Iniciativas y Proyectos que estimulen y propendan por la formación, profesionalización y estímulo de los creadores, gestores culturales y artistas, que no cuenten con posibilidades suficientes para desplegar su arte.
Iniciativas y Proyectos audiovisuales, a través de aportes al Fondo para el Desarrollo Cinematográfico creado por la Ley 814 de 2003 y al Fondo Fílmico Colombia creado por la Ley 1556 de 2012.
Iniciativas y proyectos que generen formalización, capacitación y acompañamiento a los creadores, gestores culturales y artistas.
El Ministerio de Cultura determinará cuáles de los recursos de FONCULTURA tendrán una destinación específica y permanente, garantizando que los recursos del Programa Nacional de Concertación Cultural, y del Programa Nacional de Estímulos no sean inferiores al monto más alto asignado en las últimas cuatro (4) vigencias.
Del total de los recursos recibidos a través de FONCULTURA, como mínimo el 50% del total de los recursos serán destinados para las iniciativas y proyectos presentados a este fondo por personas naturales o jurídicas de los municipios de categoría 4, 5 y 6.