Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1967 de 2000 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 676 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para efectos de determinar el valor a pagar por concepto de la segunda cuota de la inversión correspondiente al año 1999, los obligados a la suscripción de los Bonos de Solidaridad para la Paz que hayan liquidado y pagado la primera cuota sin disminuir de su patrimonio la totalidad de los aportes y acciones en sociedades y de los aportes a fondos públicos y privados de pensiones poseídos a 31 de diciembre de 1998, podrán recalcular el valor total de la inversión de conformidad con lo previsto en el Decreto 1484 de 1999 y descontar, en la segunda cuota, el valor cancelado en exceso en la primera cuota cuando fuere el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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