Micelio

Artículo 117

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando un General en servicio activo deba deponer como testigo, certificará bajo su palabra honor, sobre los puntos del interrogatorio, para lo cual el respectivo funcionario lo citará a una oficina superior o se trasladará a la del declarante. Si los testigos son Oficiales inferiores o superiores, la promesa de decir verdad la prestarán bajo palabra de honor, a cuyo efecto el Juez 0 funcionario de instrucción los citará a su despacho o a cualquier sitio en que haya de actuar. Los demás declarantes jurarán conforme a su religión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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