Micelio

Artículo 15

Ley 1 de 1962 · por la cual se fijan derechos notariales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ni el Notario, ni el Registrador, ni los empleados bajo su dependencia podrán recibir cantidad alguna diferente a los emolumentos señalados en esta Ley.

Parágrafo

Las irregularidades en la prestación del servicio notarial acarrearán las sanciones respectivas que deben ser impuestas por la Superintendencia de Notariado y Registro. El gobierno reglamentará esta disposición dentro del mes siguiente a la fecha de expedición de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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