En un plazo no mayor a un (1) año tras la promulgación de la presente ley, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con la Policía Nacional, la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, las Personerías municipales y distritales y demás entidades competentes, diseñarán una ruta integral de atención para víctimas de violencias basadas en género en los espectáculos públicos musicales financiados totalmente con recursos públicos, la cual· deberá estar integrada con los mecanismos y rutas existentes en el nivel nacional y territorial.
La estrategia comunicativa deberá incluir mensajes y contenidos de transformación cultural que promuevan el respeto, la equidad y la cultura libre de sexismo, con un enfoque territorial, diferencial e interseccional.
Las entidades territoriales deberán garantizar articulación con las políticas locales de mujer y cultura.
La Ruta integral de atención de violencias basadas en género será un elemento fundamental de los Puntos Violeta y se garantizará su comunicación de forma visible y permanente en todos los espectáculos públicos musicales financiados totalmente con recursos públicos a través de los medios disponibles para tal fin; en los municipios donde los Puntos Violeta no sean obligatorios, la comunicación de la ruta será igualmente exigible como parte de la información mínima dirigida al público.