Todo colombiano residente en el Exterior tiene la obligación de inscribirse en el Consulado de Colombia que tenga jurisdicción sobre el lugar de residencia o en su defecto en el más cercano. Los Cónsules expedirán certificados de inscripción a los colombianos que lo soliciten. Tanto la inscripción como el certificado serán gratuitos y no ocasionaran derecho alguno.
PARAFGRAFO. Los colombianos que permanezcan por más de tres meses de un Distrito Consular sin cumplir el requisito de inscripción en el Consulado colombiano, tendrá un recargo de cincuenta por ciento (50 por 100) en todos los servicios consulares que soliciten.