Si el testigo ha estado privado del uso de la razón por algún tiempo, en el periodo que media entre la verificación de los hechos y en el día de declarar. Queda al prudente juicio del Juez el asignarle el mérito de deba tener, según las circunstancias que concurran en cada caso particular.
Ley 103 de 1923 →Vigente
Artículo 626
Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.