De conformidad con las normas sobre la materia, los elementos que se importen en desarrollo de lo previsto en la presente sección, estarán exentos de depósito previo, licencia de importación, gravámenes arancelarios y demás impuestos o contribuciones que se perciban con motivo de la importación, así como del impuesto sobre las ventas, en concordancia con lo contemplado en los artículos 172 y 230 del Decreto-ley 444 de l967, en el artículo 9º de la Ley 50 de 1984, en el artículo 61, literal b) del Decreto 3541 de 1983, y en las normas que adicionen o modifiquen las disposiciones anteriores. SECCION II OPERACIONES RELACIONADAS CON BIENES DE CAPITAL Y REPUESTOS.
Decreto 631 de 1985 →Vigente
Artículo 10
Decreto 631 de 1985 · Por el cual se dictan normas referente a los Sistemas Especiales de Importación-Exportación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.