Micelio

Artículo 3

Ley 24 de 1968 · Por la cual se dictan normas para la reconstrucción del puerto caucano de Guapi, y ayuda a los damnificados del último incendio ocurrido en dicha población

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, concederá préstamos industriales, hasta con diez (10) años de plazo, e interés anual no superior al siete por ciento (7%) a los damnificados por el incendio de Guapi, con el objeto exclusivo de atender a la reposición de talleres artesanales, maquinaria industrial y demás equipos de trabajo que se hubieren destruído o deteriorado en tal suceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1968