Micelio

Artículo 1

Decreto 344 de 1953 · Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Carreteras Nacionales - Conservación)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Créase, a partir de la fecha del presente Decreto, el cargo de Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Duitama, encargado especialmente de los trabajos de la Carretera del Cusiana, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00), que se pagará con cargo a la partida destinada para gastos de sostenimiento de la mencionada Zona. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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