Micelio

Artículo 3

º Los Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios Que Antes Del 31 De Diciembre De 1988, Hubieren Reanudado Sus Actividades O Efectuado Inversiones En Nuevas Empresas Agrícolas O Ganaderas, O En Nuevos Establecimientos Industriales, Comerciales O Mineros, En Los Municipios A Que Se Refieren El Artículo 1º De La Ley 44 De 1987 Y 1º Del Presente Decreto, Tendrán Derecho A Solicitar En La Declaración De Renta Correspondiente, Exención Sobre La Renta Proveniente De Tales Establecimientos O Empresas Por Los Seis (6) Primeros Años Gravables De Su Período Productivo En Los Porcentajes Y Condiciones Señalados En El Artículo 2º De La Ley 44 De 1987

Decreto 1889 de 1988 · Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 44 de 1987 y el Decreto extraordinario 3830 de 1985 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que antes del 31 de diciembre de 1988, hubieren reanudado sus actividades o efectuado inversiones en nuevas empresas agrícolas o ganaderas, o en nuevos establecimientos industriales, comerciales o mineros, en los municipios a que se refieren el artículo 1º de la Ley 44 de 1987 y 1º del presente Decreto, tendrán derecho a solicitar en la declaración de renta correspondiente, exención sobre la renta proveniente de tales establecimientos o empresas por los seis (6) primeros años gravables de su período productivo en los porcentajes y condiciones señalados en el artículo 2º de la Ley 44 de 1987.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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