Artículo segundo . En desarrollo del artículo anterior destínanse al servicio de la Imprenta Nacional los siguientes bienes y recursos
La Imprenta propiamente dicha, con toda la maquinaria y equipos entregados por la Empresa Nacional de Publicaciones;
El inmueble donde funciona la misma, y el lote de terreno anexo a él,
Las existencias de materias primas, vehículos, muebles y enceres, y
Las partidas de que se dote en el Presupuesto Nacional, y las que obtenga con ocasión de la ejecución de trabajos oficiales y particulares.