La Oficina Jurídica es una dependencia de la Secretaría General que cumplirá, además de las funciones señaladas por el Decreto 1050 de 1968, las siguientes:
a). Tramitar y elaborar proyectos de decisión en todos los asuntos jurídicos de competencia del Ministerio, salvo aquellos adscritos expresamente a otras dependencias;
b). Supervisar, con autoridad funcional, el trabajo de las demás dependencias del Ministerio que atienden asuntos jurídicos.