QUORUM Y MAYORIAS. Los Consejos no podrán abrir sus sesiones ni deliberar válidamente con menos de la tercera parte de sus miembros. Las decisiones requerirán la asistencia de la mitad más uno de los miembros y la aprobación de proyectos, resoluciones o proposiciones necesitará siempre el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes.
Decreto 2300 de 1987 →Vigente
Artículo 14
Decreto 2300 de 1987 · por el cual se reglamenta el funcionamiento de los Consejos Intendenciales y Comisariales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.