Micelio

Artículo 42

Ley 149 de 1896 · Sobre recompensas militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si hubiere deficiencia en el memorial o en las pruebas, se devolverán al demandante para que las subsane y con este fin se le indicarán clara y detalladamente los defectos. La Corte puede hacer que ante ella se ratifiquen los testigos residentes en la capital; comisionar en cualquier caso; disponer que las certificaciones se aclaren o amplíen; y en fin dictar cuantos autos para mejor proveer estime convenientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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