Micelio

Artículo 20

La Empresa En Los Plazos Y Condiciones Fijados En Los Artículos 23 Y 26 Del Presente Decreto, Pagará Al Trabajador El 50% Del Valor De Su Participación

Decreto 2474 de 1948 · Por el cual se fija la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La empresa en los plazos y condiciones fijados en los artículos 23 y 26 del presente decreto, pagará al trabajador el 50% del valor de su participación. El resto será depositado en la entidad bancaria u organismo que señale el Gobierno en el decreto reglamentario, y ganará un interés igual al que en la misma fecha reconozca la caja colombiana de ahorros.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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