Etapa de desarrollo e implementación . A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, Colpensiones tendrá un plazo de cinco (5) meses para iniciar la operación del mecanismo.
Hasta cuando Colpensiones ponga en operación el Mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos, el Ministerio del Trabajo podrá adelantar, en coordinación con esa entidad, la realización de pruebas piloto dirigidas a grupos especiales de la población, clasificados en niveles 1 y 2 del Sisbén, con el propósito de permitir el ahorro voluntario que se destinará exclusivamente al sistema BEPS, una vez este entre en funcionamiento.