Micelio

Artículo 12

A

Decreto 414 de 1914 · Por el cual se complementa la liquidación de un crédito implícito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1913, con la cantidad de sesenta mil setecientos cuarenta y dos pesos setenta centavos ($ 60,742-70), que llevará la siguiente imputación: MINISTERIO DE GOBIERNO departamento de politica interior Capítulo 8.° Sanidad de puertos. Artículo 12 a. Para dar cumplimiento a la Ley 77 de 1912, que destina el producto de los derechos de puerto que se recauden en las Aduanas de Barranquilla, Cartagena y Buenaventura, a las obras que deben hacerse en los puertos de Cartagena, Buenaventura y Puerto Colombia, y en la bahía de la isla de San Andrés $ 60.742 70 Total $ 60.742 70

Parágrafo

La Oficina ordenadora y la respectiva de reconocimiento describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto. Publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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