Micelio

Artículo 7

Son Funciones De La Dirección De Banca De Oportunidades, Las Siguientes: A) Diseñar, Implementar Y Supervisar, Los Procesos Y Programas Que Permitan La Consolidación Y Productividad De Los Programas De Microcrédito, De Corresponsales No Bancarios Y Canales Alternos (Cajeros Electrónicos, Internet, Servicio Telefónico, Y Todos Los Que Desarrolle El Banco A Las Oficinas Bancarias); B) Estructurar Las Políticas Que Permitan La Promoción Y Continuo Crecimiento De Los Programas De Microcréditos Y De Corresponsales No Bancarios Y Canales Alternos Y Responder Por La Ejecución En El Banco; C) Definir, Aplicar Y Evaluar Estrategias Y Programas Que Permitan La Generación, Negociación, Crecimiento, Rentabilidad Y Supervisión, De Los Convenios De Corresponsalía No Bancaria Y Canales Alternos; D) Determinar Estrategias Que Permitan La Generación De Ingresos Adicionales Por Productos Comisionables A Través De Los Corresponsales No Bancarios Y Canales Alternos; E) Establecer Las Estrategias De Ventas De Productos Y Servicios A Los Microempresarios Y De Acuerdo Con La Vicepresidencia De Crédito, Los De Recuperación De Cartera En Casos Especiales; F) Establecer Las Estrategias De Ventas De Productos Y Servicios De Los Corresponsales No Bancarios Y De Canales Alternos; G) Establecer En Coordinación Con La Vicepresidencia Comercial El Plan Estratégico De La Dirección De Banca De Oportunidades; H) Ejercer Las Demás Funciones Que Señalen La Ley, Los Reglamentos Y Las Que Correspondan De Acuerdo Con La Naturaleza De La Dependencia

Decreto 4805 de 2007 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la Dirección de Banca de Oportunidades, las siguientes

a)

Diseñar, implementar y supervisar, los procesos y programas que permitan la consolidación y productividad de los Programas de Microcrédito, de Corresponsales No Bancarios y canales alternos (cajeros electrónicos, Internet, servicio telefónico, y todos los que desarrolle el Banco a las oficinas bancarias);

b)

Estructurar las políticas que permitan la promoción y continuo crecimiento de los Programas de Microcréditos y de Corresponsales No Bancarios y Canales Alternos y responder por la ejecución en el Banco;

c)

Definir, aplicar y evaluar estrategias y programas que permitan la generación, negociación, crecimiento, rentabilidad y supervisión, de los convenios de Corresponsalía No Bancaria y Canales Alternos;

d)

Determinar estrategias que permitan la generación de ingresos adicionales por productos comisionables a través de los Corresponsales No Bancarios y Canales Alternos;

e)

Establecer las estrategias de ventas de productos y servicios a los Microempresarios y de acuerdo con la Vicepresidencia de Crédito, los de recuperación de cartera en casos especiales;

f)

Establecer las estrategias de ventas de productos y servicios de los Corresponsales No Bancarios y de Canales Alternos;

g)

Establecer en coordinación con la Vicepresidencia Comercial el Plan Estratégico de la Dirección de Banca de Oportunidades;

h)

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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