Micelio

Artículo 470

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Revocación de la excarcelación. En cualquier momento procesal podrá revocarse la excarcelación, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o de la parte civil:

1.

1. Porque se compruebe que el delito investigado es de aquellos que la excluyen;

2.

2. Porque se acredite que el procesado está exceptuado de tal beneficio, y

3.

3. Porque el procesado violare cualquiera de las obligaciones contraídas en la diligencia de caución. En este caso, no podrá otorgársele nuevamente en el mismo asunto, salvo que después apareciere alguna de las situaciones previstas en los numerales 5°, 6°, 7° y 9° del artículo 453.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971