Ordenar la suspensión de términos en todos los procesos jurisdiccionales que se adelantan ante la sede de Bogotá y ante las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades, así como la suspensión de términos para todos los trámites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades sede Bogotá y en todas sus intendencias, el día 18 de marzo de 2025, de conformidad con lo indicado en la parte motiva del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO. Con ocasión de la suspensión de términos aquí ordenada, en la fecha indicada, no habrá atención al público en el Grupo de Apoyo Judicial en la sede ubicada en la ciudad de Bogotá D.C., ni en las sedes de las Intendencias Regionales, en relación con los procesos jurisdiccionales que se gestionan, ni por parte del Grupo de Relación Estado – Ciudadano ni de Gestión Documental de la sede Bogotá, en relación con las funciones administrativas que le están asignadas.