Micelio

Artículo 5435

Del Presupuesto De Gastos Vigente

Decreto 1823 de 1957 · por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Obras Públicas, ramo de Carreteras Nacionales Interventorías.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A partir de la fecha del Presente Decreto, créase la Interventoría de las obras contratadas con el Departamento del Atlántico y "Atuesta Guarin & Pombo Ltda.", para, la construcción de las carreteras Puerto Giraldo-Canal del Dique y Calamar-Carreto, respectivamente, con una, asignación mensual de mil trescientos pesos. ($ 1.300.00) moneda, corriente, suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 533, articulo 5435 del Presupuesto de gastos vigente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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