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Artículo 6

Responsabilidades Y Obligaciones Del Representante Legal De La Entidad Habilitada

Decreto 416 de 2018 · Por el cual se reglamenta el parágrafo 10 transitorio del artículo 361 de la Constitución Política adicionado por el Acto Legislativo 04 de 2017.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Responsabilidades y obligaciones del representante legal de la entidad habilitada. Corresponde al representante legal de la entidad habilitada ejercer las siguientes funciones, las cuales no podrá delegar

1.

Definir directamente los proyectos de inversión a los que se refiere el presente decreto-ley, aplicando los criterios de priorización señalados en el artículo 3° del Decreto-ley 1534 de 2017. Para este efecto, el representante legal deberá suscribir un documento en el que certifique que se cumplió con la viabilización, priorización y aprobación de los mismos, con los respectivos soportes.

2.

Aprobar los ajustes de los proyectos de inversión definidos de conformidad con lo descrito en el numeral anterior, la Ley 1530 de 2012 y el Acuerdo Único del SGR o la norma que lo modifique o sustituya.

3.

Cumplir con las mismas responsabilidades y obligaciones definidas para los OCAD en la Ley 1530 de 2012 y en las demás normas que reglamentan el ciclo de los proyectos de inversión del SGR.

4.

Designar la entidad pública ejecutora y la encargada de contratar la interventoría, para lo cual tendrá en cuenta los resultados de la gestión de desempeño de los recursos del SGR. Cuando se trate de proyectos definidos por dos o más entidades habilitadas, esta designación le corresponderá a la entidad que aporte el mayor monto de recursos del SGR.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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