Micelio

Artículo 1

Ley 32 de 1928 · por la cual se concede un auxilio para el alcantarillado de Popayán

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. En cada uno de los Presupuestos de los diez años venideros se incluirá y liquidará una partida de veinte mil pesos ($ 20,000) para auxiliar al Municipio de Popayán en la construcción de su alcantarillado.

Si dicho Municipio lleva a cabo la obra por medio de empréstito o contrato de construcción, el auxilio de que trata esta Ley se destinará a su amortización.

La partida anual de que trata esta Ley podrá aumentarse pero sin que exceda del total del auxilio en los diez años o podrá pagarla el Gobierno en un solo contado en bonos de los creados por la Ley 106 bis de 1927.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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