Micelio

Artículo 3

Los Exámenes De Prueba Serán Escritos, Pero Cuando El Jurado Calificador Los Encuentre Deficientes, Podrán Complementarse Con Un Examen Oral Que Tendrá La Misma Duración De La Prueba Escrita, O Menor, A Juicio Del Mismo Jurado

Decreto 571 de 1926 · Por el cual se establecen las condiciones para ingresar a las Facultades Universitarias Oficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los exámenes de prueba serán escritos, pero cuando el Jurado calificador los encuentre deficientes, podrán complementarse con un examen oral que tendrá la misma duración de la prueba escrita, o menor, a juicio del mismo Jurado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 571 de 1926