Micelio

Artículo 2

Ley 51 de 1975 · Por la cual se reglamenta el ejercicio del Periodismo y se dictan otras disposicionesDeclarado

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son periodistas profesionales las personas que previo el lleno de los requisitos que se fijan en la presente Ley, se dedican en forma permanente a labores intelectuales referentes a: Redacción noticiosa y conceptual o información gráfica, en cualquier medio de comunicación social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1998
    C-087/98ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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