Micelio

Artículo 1

Decreto 2478 de 1999 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Integración del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. El Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural está integrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y sus entidades adscritas y vinculadas. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tendrá a su cargo la orientación, control y evaluación del ejercicio de las funciones de sus entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan, así como de su participación en la formulación de la política en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos. Las entidades adscritas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural son

1.

Instituto Colombiano Agropecuario-ICA.

2.

Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA.

3.

Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura-INPA.

4.

Instituto Nacional de Adecuación de Tierras-INAT.

5.

Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural-DRI. Las entidades vinculadas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural son: 1. Las Corporaciones de Abastos en las que la Nación o las entidades descentralizadas del Sector, del orden nacional, posean acciones o hayan efectuado aportes de capital. 2. Los Fondos Ganaderos. 3. La Caja de Compensación Familiar Campesina-COMCAJA. 4. La Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S.A.VECOL S. A. 5. Banco Agrario de Colombia S. A -BANAGRARIO S. A.

6.

Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario-FINAGRO

7.

Corporación Financiera Ganadera-CORFIGAN.

8.

Almacenes Generales de Depósito de la Caja Agraria y el Banco Ganadero S.A.-ALMAGRARIO S. A. Forman parte del Sistema Administrativo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, además de las anteriores entidades, las siguientes corporaciones de participación mixta reguladas por el Código Civil y la legislación de ciencia y tecnología que les sea aplicable: 1. La Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria-CORPOICA. 2. La Corporación Nacional de Investigaciones Forestales-CONIF. 3. El Centro Internacional de Agricultura Orgánica-CIAO. 4. La Corporación Colombia Internacional-CCI. 5. Las demás corporaciones de participación mixta de ciencia y tecnología que se constituyan con la participación la Nación-Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, directamente y/o a través de sus entidades descentralizadas. Son organismos de Asesoría y Coordinación del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural los siguientes: 1. La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario. 2. El Consejo Nacional de Adecuación de Tierras. 3. El Consejo Nacional de la Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino. 4. El Consejo de Secretarías de Agricultura.

Parágrafo 1

Suprímanse los siguientes consejos y comisiones: Comisión Nacional Agropecuaria, Consejo Nacional de Pesca y Acuicultura y Consejo Nacional de Transferencia de Tecnología.

Parágrafo 2

Son agencias seccionales del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, las Secretarías de Agricultura de los Departamentos o las, que hagan sus veces, las cuales ejercerán, además de las funciones que les asigna la ley, las ordenanzas y los demás actos administrativos, las que les delegue el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. CAPITULO II. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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