° Los empleados de que trata este Decreto, tendrán derecho a un auxilio de transporte en los mismos términos y cuantías establecidos en el Decreto número 61 de 1988 y demás normas que lo adicionen o modifiquen sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5°.
Artículo 6
Los Empleados De Que Trata Este Decreto, Tendrán Derecho A Un Auxilio De Transporte En Los Mismos Términos Y Cuantías Establecidos En El Decreto Número 61 De 1988 Y Demás Normas Que Lo Adicionen O Modifiquen Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo 5°
Decreto 103 de 1988 · por el cual se fija la escala de remuneración de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, de las Direcciones de Instrucción Criminal, del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.