º Las Asambleas Generales a que se refiere el artículo anterior, se reunirán válidamente con la presencia de delegados que representen a por lo menos la mitad más uno de los asociados. Las decisiones de esta clase de asambleas se tomarán, previa verificación del quórum, con el voto favorable de los delegados que representen por lo menos la mitad más uno del total de votos que se pueden emitir. Lo aquí dispuesto no modifica las normas legales o estatutarias sobre quórum y mayoría diferentes.
Decreto 2465 de 1986 →Vigente
Artículo 2
º Las Asambleas Generales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Reunirán Válidamente Con La Presencia De Delegados Que Representen A Por Lo Menos La Mitad Más Uno De Los Asociados
Decreto 2465 de 1986 · Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 3116 de 1984
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.