Artículo décimoctavo. Son funciones del Comité Ejecutivo, las siguientes
Cumplir y hacer que se cumplan las decisiones de la Junta Directiva;
Organizar la administración de la Corporación fijando los sistemas más apropiados, y someter a la decisión de la Junta Directiva la creación de los cargos respectivos, con la remuneración correspondiente;
Estudiar el proyecto de presupuesto de la Corporación, para someterlo a la aprobación de la Junta Directiva;
Autorizar los traslados presupuéstales que le proponga el Director General;
Autorizar al Director General para que adquiera compromisos por valor superior a cien mil pesos ($ 100.000), sin exceder de quinientos mil pesos ($ 500.000);
Designar los Directores de Investigación, Enseñanza y Extensión;
Cumplir las funciones que le delegue la Junta Directiva, y
Las demás que le señalen los Estatutos y Reglamentos. Del Director General.