Micelio

Artículo 17

Ley 28 de 1931 · Sobre Cámaras de Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Presidente del Tribunal protocolizará la sentencia tan pronto como esté ejecutoriada junto con el memorial respectivo y la actuación correspondiente, en una de las Notarías del Circuito. Si por alguna causa el Presidente del Tribunal no pudiere hacer la protocolización la hará el Presidente de la respectiva Cámara de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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