º El Superintendente General de Puertos distribuirá el personal mediante acto administrativo, en los cargos establecidos en la Planta de Personal de que trata este Decreto, de acuerdo con la estructura orgánica, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por su administración.
Decreto 46 de 1992 →Vigente
Artículo 2
º El Superintendente General De Puertos Distribuirá El Personal Mediante Acto Administrativo, En Los Cargos Establecidos En La Planta De Personal De Que Trata Este Decreto, De Acuerdo Con La Estructura Orgánica, Las Necesidades Del Servicio Y Los Planes Y Programas Trazados Por Su Administración
Decreto 46 de 1992 · por el cual establece la Planta de Personal para la Superintendencia General de Puertos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.