Ley 98 de 1993 · por medio de la cual se dictan normas sobre democratización y fomento del libro colombiano.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Con cargo al rubro de impresos y publicaciones el Congreso de Colombia seguirá editando obras que guarden relación con el desarrollo legislativo y que sirvan además para relievar las bondades de las regiones y de la historia del país.
Así mismo, las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales harán lo propio y recogerán las obras de los autores locales para publicarlas y divulgarlas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.