º. Adiciónase el artículo 28 del Decreto 2253 de 1995 con un
, así:
Para satisfacer el requisito de remisión de la propuesta régimen y tarifas de que tratan los artículos 9º y 15º del Decreto 2253 de 1995, los establecimientos educativos privados deberán acompañar además de lo allí dispuesto, las modificaciones al Proyecto Educativo Institucional ya registrado que incorporen el sistema de matrículas y pensiones y el mecanismo de gradualidad para su aplicación, copia de las actas del Consejo Directivo en las que consten las decisiones previstas en el presente Decreto y la constancia de fijación de los otros cobros periódicos en el manual de convivencia.
Artículo 28 DECRETO 2253 de 1995