Los contribuyentes que se acojan a la amnistía de inventarios prevista en el artículo 6o de la Ley 50 de 1984, podrán gozar del beneficio consagrado en el artículo anterior, siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos tanto en el artículo 6o de la mencionada Ley, como en los artículos 9o y 10 del presente Decreto.
Decreto 3139 de 1984 →Vigente
Artículo 11
Los Contribuyentes Que Se Acojan A La Amnistía De Inventarios Prevista En El Artículo 6o De La Ley 50 De 1984, Podrán Gozar Del Beneficio Consagrado En El Artículo Anterior, Siempre Y Cuando Cumplan Los Requisitos Exigidos Tanto En El Artículo 6o De La Mencionada Ley, Como En Los Artículos 9o Y 10 Del Presente Decreto
Decreto 3139 de 1984 · Por el cual se fijan los plazos y lugares para la presentación de las Declaraciones Tributarias por el año gravable de 1984, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.