Micelio

Artículo 46

Ley 1739 de 2014 · por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese el numeral 28 al artículo 879 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

“28. Los depósitos a la vista que constituyan las sociedades especializadas en depósitos electrónicos de que trata el artículo 1°. de la Ley 1735 de 2014 en otras entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

La disposición de recursos desde estos depósitos para el pago a terceros por conceptos tales como nómina, servicios, proveedores, adquisición de bienes o cualquier cumplimiento de obligaciones se encuentran sujetas al Gravamen a los Movimientos Financieros.

Para efectos de esta exención, las sociedades especializadas en depósitos electrónicos de que trata el artículo 1°. de la Ley 1735 de 2014 deberán marcar como exenta del Gravamen a los Movimientos Financieros máximo una cuenta corriente o de ahorros por entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia destinada única y exclusivamente a la gestión de los recursos que están autorizadas a captar”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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