Plan de Mejoramiento. El plan de mejoramiento debe contener el conjunto de acciones específicas, preventivas y correctivas que implementará la Institución de Educación Superior orientadas a lograr el cumplimiento de las disposiciones legales, de acuerdo con la solicitud que le presente el Ministerio de Justicia y del Derecho. Las acciones que se indiquen deberán especificar las fechas de cumplimiento, las gestiones que se adelantarán, el personal responsable dentro de la institución y la metodología para la adopción de cada una de estas medidas.
El contenido del documento Plan de Mejoramiento, deberá contar con visto bueno del jefe inmediato de la dirección del consultorio jurídico de acuerdo con el organigrama institucional.
El Ministerio de Justicia y del Derecho hará las observaciones que estime pertinentes para la aprobación e implementación del plan de mejoramiento, el cual, una vez aprobado deberá cumplirse de forma estricta.
El Ministerio de Justicia y del Derecho hará seguimiento y verificación al cumplimiento de las acciones propuestas en el plan de mejoramiento aprobado, con el fin de garantizar las condiciones y la prestación del buen servicio de los consultorios jurídicos a los ciudadanos y la observancia de los preceptos de la Ley 2113 del 2021 y la presente reglamentación.
Las constancias, documentos y demás información relacionada con el plan de mejoramiento y que demuestre que se han efectuado los ajustes solicitados, deberán ser documentados en el respectivo expediente digital y deberán ser registradas en el sistema de información.
TEXTO CORRESPONDIENTE A