Micelio

Artículo 2

Decreto 1506 de 1902 · Por el cual se fija remuneracion al trabajo nocturno en varias oficinas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Les Jefes de los empleados a quienes se concede el sobresueldo, llevan una lista por pormenorizada de las horas que trabajen durante la noche sus respectivos subalternos, y la presentarán al Ministerio del Tesoro para su aprobación o improbación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1506 de 1902