º A la Oficina de Estudios Económicos le corresponde las siguientes funciones
Realizar estudios e investigaciones sobre temas económicos de interés para el desarrollo de las funciones propias de la Superintendencia Bancaria y en especial los que tengan por finalidad la adecuación de los métodos de control y vigilancia de la evolución de las prácticas técnicas y financieras;
Asesorar al Superintendente Bancario en asuntos económicos de competencia de la Superintendencia Bancaria;
Evaluar la conveniencia de la ampliación o contracción del sistema financiero, enfatizando en aspectos macroeconómicos y de mercados;
Preparar el informe anual de labores y los boletines de índole económica que expida la Superintendencia Bancaria;
Efectuar análisis sobre el comportamiento del sistema financiero en el ámbito nacional y regional;
Atender las consultas de orden interno y externo en materia económica;
Efectuar los cálculos de tasas de interés activas y pasivas, de conformidad con las disposiciones legales;
Efectuar el seguimiento del desarrollo de programas especiales instituidos por el Gobierno, como democratización y capitalización de las instituciones del sector financiero;
Realizar estudios sobre la viabilidad de nuevos mecanismos y servicios financieros y coordinar los mismos estudios con otros organismos gubernamentales para los efectos a que haya lugar;
Efectuar el seguimiento de la inversión extranjera existente en el sector financiero y de seguros, de la inversión colombiana en los mismos sectores en el exterior, y asesorar al Superintendente Bancario en los estudios sobre la conveniencia en la formación de nuevas instituciones financieras o de seguros en las que intervengan dichos capitales o sobre el incremento de estos en las existentes;
Efectuar el seguimiento de la inversión colombiana en el sector financiero y de seguros en el exterior, asesorando al Superintendente Bancario sobre su conveniencia;
Realizar estudios sobre viabilidad de propuestas de fusión, presentados por las instituciones vigiladas;
Colaborar en la elaboración de los estudios requeridos para las instituciones bajo supervisión especial o intervenidas;
Realizar estudios sobre programas de saneamiento financiero de aquellas instituciones financieras que deban hacer uso de cupos extraordinarios de crédito otorgados por el Banco de la República; y,
Emitir recomendaciones sobre documentos preparados por los Asesores de la Junta Monetaria que tengan relación con el sistema financiero, cuando así lo solicite el Superintendente Bancario;