Micelio

Artículo 2.4.1.1.1.1.22

Reconocimiento De Centros De Capacitación Y Entrenamiento De La Gente De Mar

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconocimiento de centros de capacitación y entrenamiento de la gente de mar. La Autoridad Marítima reconocerá los Centros de capacitación y entrenamiento de la Gente de Mar y los cursos de capacitación náutica, con base en la reglamentación que será expedida para el efecto. Parágrafo. Estos cursos no se encuentran sometidos al régimen establecido por las Leyes 30 de 1992 y 1064 de 2006.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015