º. Para los efectos contemplados en -el inciso segundo del artículo 107 del Decreto-ley 222 de 1983, fijase para el año de 1984, un margen de preferencia de un quince por ciento (15%) a las ofertas colombianas cuando se efectúen licitaciones o concursos, en las cuales participen extranjeros. El margen de preferencia de que trata el presente articulo se aplicará únicamente para efectos de la comparación de valores, aumentando en cada caso el quince por ciento (15%) a la participación extranjera en los casos de las asociaciones contemplados en el artículo 107 del Decreto-ley 222 de 1983.
Decreto 748 de 1984 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 748 de 1984 · Por el cual se fija el margen de preferencia para las ofertas colombianas en licitaciones o concursos de méritos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.