Micelio

Artículo 129

El Dictamen De La Comisión Será Definitivo Pero No Obligatorio, Y Una Vez Emitido, El Expediente Volverá Al Jefe Del Organismo Administrativo Para Su Decisión Final, La Cual Será Pronunciada Dentro De Los Diez Días Siguientes De Su Comunicación

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El dictamen de la Comisión será definitivo pero no obligatorio, y una vez emitido, el expediente volverá al Jefe del organismo administrativo para su decisión final, la cual será pronunciada dentro de los diez días siguientes de su comunicación. Solamente cuando la Administración no acogiere el dictamen de la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina, habrá lugar al recurso jurisdiccional. SECCION TERCERA Suspensión provisional de empleados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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