Micelio

Artículo 5

Cuando Se Compruebe Que El Empresario Está Empleando Los Papeles A Que Este Decreto Se Refiere Con Fines Distintos De Los Señalados En El Artículo 2°, Se Le Impondrá Una Multa, A Favor Del Tesoro Nacional, Por El 100% Del Valor Cif Puerto Colombiano Del Lote De Papel Importado Que Se Hubiera Dedicado Total O Parcialmente A Usos Distintos De Los Descritos En El Artículo 2°, Y Se Le Suspenderá La Aprobación De Registros De Importación Para Papeles Con Destino A La Edición De Libros Y Revistas, Por El Término De Dos Años

Decreto 2031 de 1966 · por el cual se reglamentan las exenciones de derechos de Aduana para las importaciones de papeles destinadas a la impresión de libros y revistas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando se compruebe que el empresario está empleando los papeles a que este Decreto se refiere con fines distintos de los señalados en el artículo 2°, se le impondrá una multa, a favor del Tesoro Nacional, por el 100% del valor CIF puerto colombiano del lote de papel importado que se hubiera dedicado total o parcialmente a usos distintos de los descritos en el artículo 2°, y se le suspenderá la aprobación de registros de importación para papeles con destino a la edición de libros y revistas, por el término de dos años. La transferencia de dominio que se haga en contravención a las disposiciones de este Decreto, hará incurrir al infractor, además, en una multa igual al doble del valor de las mercancías transferidas, multa que en ningún caso será inferior a $ 10.000.00. Las autoridades de Aduana decomisarán el papel empleado en usos distintos o transferido sin sujeción al presente Decreto, sea que se encuentre en estado original o impreso o elaborado de cualquier otro modo. Las multas establecidas en este artículo serán impuestas por la Dirección General de Aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2031 de 1966