°. A partir del segundo pedido de estampillas que hagan al Consulado General los funcionarios a quienes se refiere el artículo anterior, deberán acompañar a cada pedido un giro por las sumas que hayan recaudado, por concepto de derechos consulares, por medio de las estampillas del pedido anterior, y una cuenta relativa al movimiento de tales especies en la respectiva oficina, de acuerdo con la reglamentación especial y el modelo que fije la Contraloría General de la República. El Cónsul General incorporará en su cuenta las que le rindan los otros funcionarios, y enviará una copia al Ministerio de Relaciones Exteriores. También remitirán copia de sus cuentas, al Ministerio de Relaciones Exteriores, todos los funcionarios que manejen estampillas de Servicio Exterior .
Artículo 5
A Partir Del Segundo Pedido De Estampillas Que Hagan Al Consulado General Los Funcionarios A Quienes Se Refiere El Artículo Anterior, Deberán Acompañar A Cada Pedido Un Giro Por Las Sumas Que Hayan Recaudado, Por Concepto De Derechos Consulares, Por Medio De Las Estampillas Del Pedido Anterior, Y Una Cuenta Relativa Al Movimiento De Tales Especies En La Respectiva Oficina, De Acuerdo Con La Reglamentación Especial Y El Modelo Que Fije La Contraloría General De La República
Decreto 732 de 1943 · Reglamentario del Decreto 1051 de 1942, por el cual se modifica el parágrafo del artículo 3º De la Ley2a de 1936, se dictan disposiciones sobre recaudación de derechos consulares y se adicional a la Ley 69 de 1930
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.